Una fecha impresa y un dictamen que la contradice
El 9 de junio de 2026, el Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte. Entre los cambios, el artículo 17 bis establece que debe emitirse un dictamen de no aptitud psicofísica a la persona que se niegue a realizar el examen toxicológico, y que esa persona no podrá realizar las actividades conferidas por la licencia federal hasta que se le practique una nueva valoración. El artículo 16 enumera cuándo procede ese examen: como parte del examen médico en operación, dentro del examen psicofísico integral, en las veinticuatro horas siguientes a un accidente o cuando exista sospecha de consumo de alcohol, psicotrópicos o estupefacientes.
La licencia, mientras tanto, conserva su propio calendario. Conforme al acuerdo de la entonces Secretaría de Comunicaciones y Transportes que en febrero de 2016 fijó las categorías de la Licencia Federal de Conductor, las categorías A, B, C, D y F se renuevan cada cuatro años y la categoría E, que incluye doblemente articulados y materiales peligrosos, cada dos, presentando en cada renovación una constancia de aptitud psicofísica vigente y un certificado de capacitación vigente. El resultado es una situación poco intuitiva para cualquier área de Recursos Humanos o de Operaciones: un operador puede traer en la cartera, o en el celular si cuenta con la Licencia Federal Digital, un documento con fecha de vencimiento en 2028 y, sin embargo, no estar autorizado hoy para conducir. La fecha impresa responde a la pregunta de cuándo hay que renovar el documento. No responde si la persona sigue habilitada.
Comprobar que existe no es comprobar que sigue valiendo
Conviene separar dos operaciones que en la práctica suelen confundirse. La primera es verificar la existencia y autenticidad de una credencial: que fue expedida, por quién, a nombre de quién y para qué actividad. Es lo que ocurre, o debería ocurrir, en la contratación. La segunda es verificar su vigencia efectiva: si esa credencial sigue produciendo efectos en el momento en que la persona va a subir a una cabina, a un andamio o a una unidad con carga peligrosa. La primera se hace una vez. La segunda depende de cómo puede perder valor cada credencial.
Y en México hay al menos tres formas distintas. Algunas credenciales vencen en una fecha cierta. Otras dependen de una condición que tiene su propio calendario, más corto que el del documento principal, como la aptitud médica. Y otras pueden quedar sin efecto por un hecho que no avisa: un dictamen, una suspensión, una revocación. Ninguna de esas tres situaciones se detecta revisando el expediente que se armó el día del ingreso.
Hay además un límite. En abril de 2026, una investigación de La Crónica de Hoy afirmó, con base en testimonios de operadores y en un trámite del propio reportero, que es posible obtener licencias federales de carga mediante pagos a intermediarios sin acudir al examen médico ni a la capacitación, y que la licencia así obtenida aparecía en la base de datos de la dependencia. Son señalamientos periodísticos, sin respuesta oficial en la nota. Aun así, ilustran que un registro confirma que una licencia existe, no que el proceso que la respalda se haya cumplido.
En la aviación, la aptitud corre por un carril propio
El Reglamento de Medicina de Aviación Civil, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 2023, ofrece el ejemplo más claro de dos documentos con dos calendarios. La licencia del personal técnico aeronáutico la expide la Agencia Federal de Aviación Civil, pero para intervenir en operaciones aéreas se requiere además un certificado de aptitud psicofísica vigente. Según el artículo 45, ese certificado dura un año para la clase 1, que agrupa a pilotos comerciales y de transporte público, y debe renovarse cada seis meses a partir de los 40 años. Para la clase 2, que incluye a pilotos privados y agrícolas, la vigencia es de dos años, que se reduce a uno desde los 40. Para la clase 3, en la que están sobrecargos y ciertos perfiles de personal de tierra, es de tres años, y anual a partir de los 40. La Agencia puede acortar esos plazos cuando esté clínicamente indicado.
El reglamento añade dos piezas reveladoras. El artículo 17 obliga al personal a notificar a la Agencia cualquier disminución de su aptitud psicofísica, es decir, reconoce que la condición puede cambiar entre un examen y otro. Y el artículo 53 prevé vigilancia médica programada o aleatoria, incluida la identificación de consumo de sustancias psicoactivas. Ninguno de estos supuestos tiene una fecha que pueda anotarse en una hoja de cálculo al contratar.
DC-3, NOM-009 y CONOCER: documentos que acreditan un momento
En el mundo de la seguridad y salud en el trabajo, la confusión suele estar en la constancia DC-3. El artículo 153-V de la Ley Federal del Trabajo la define como el documento con el que el trabajador acredita haber llevado y aprobado un curso de capacitación, y le da plenos efectos para fines de ascenso dentro de la empresa en que se proporcionó. Desde el acuerdo de simplificación publicado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social el 4 de abril de 2025, las empresas reportan sus listas de constancias en el Sistema de Registro de la Capacitación Empresarial, sin el antiguo formato DC-4, pero cada DC-3 no se registra individualmente ante la autoridad. Es la prueba de que un curso ocurrió, no una licencia vigente.
La diferencia se vuelve concreta en los trabajos en altura. La NOM-009-STPS-2011, publicada el 6 de mayo de 2011, exige al patrón proporcionar autorización por escrito a quienes realicen trabajos en altura con andamios tipo torre, andamios suspendidos o plataformas de elevación, con datos de la tarea, el área, las medidas de seguridad y la fecha; capacitar de acuerdo con el equipo y las tareas asignadas, y practicar exámenes médicos al menos cada año. Un candidato puede llegar con una DC-3 de trabajos en altura expedida por su empleador anterior, perfectamente auténtica. Lo que ese documento no traslada es la autorización, el examen médico ni la capacitación sobre el equipo que usará en la nueva planta.
Algo parecido ocurre con los certificados del CONOCER: el organismo indica que su vigencia es distinta para cada Estándar de Competencia, de modo que un certificado auténtico puede haber dejado de estar vigente; la consulta se hace en el Registro Nacional de Personas con Competencias Certificadas, con la CURP. La lógica alcanza también a los proveedores: el artículo 17 de la Ley Federal de Seguridad Privada fija en un año la vigencia de la autorización para prestar estos servicios, revalidable. Quien contrata vigilancia para un parque industrial quizá comprobó la autorización al firmar; la pregunta es si alguien la revisó al año siguiente.
Proporcionalidad: cuándo volver a mirar y con qué datos
Nada de lo anterior justifica revisar todo, a todos, todo el tiempo. Human Risk Management, entendido como la gestión estructurada de los riesgos asociados a personas, funciones, accesos y decisiones, y no como vigilancia, sugiere un criterio más fino: identificar los puestos en los que una credencial es la condición misma para hacer el trabajo, como conducir en carreteras federales, volar, operar en altura o manejar materiales peligrosos, y alinear la revisión con la manera en que esa credencial puede perder efecto: un registro de vencimientos cuando vence en una fecha, el calendario médico cuando depende de un examen, y un canal claro para informar cuando puede quedar sin efecto por un dictamen.
También importa con qué datos se hace. Consultar un registro con la CURP de un trabajador, pedir una constancia de aptitud o conservar un examen médico son tratamientos de datos personales sujetos a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, que considera sensibles los datos de salud. Para saber si alguien está habilitado suele bastar el resultado, apto o no apto, sin necesidad de acceder al expediente clínico, y la finalidad debería estar descrita en el aviso de privacidad. "Una credencial auténtica dice que algo fue cierto el día en que se expidió; lo que conviene preguntarse es si ese algo sigue siendo cierto hoy, y hacerlo solo en los puestos donde la respuesta cambia la seguridad de otras personas", señala Guido Schenone, Comercial & Growth Manager de Validato. Validato, compañía especializada en Background Screening y Human Risk Management con presencia en México, describe sus procesos como estructurados en función del rol y el riesgo de cada posición, sin que esto implique acceso a registros gubernamentales ni relación con las autoridades o casos mencionados.
La pregunta que no tiene fecha de vencimiento
En muchas empresas mexicanas, la vigencia de una credencial se da por resuelta con frases conocidas: "ya lo revisamos cuando entró", "trae su licencia en regla", "siempre se ha hecho así". Pueden ser ciertas. Pero el decreto de junio de 2026, las vigencias escalonadas de la AFAC, la anualidad médica de la NOM-009 y los plazos de los estándares del CONOCER apuntan en la misma dirección: el Estado mexicano no trata la validez de una credencial como un hecho fijo, sino como una condición que puede cambiar. Para Recursos Humanos, Seguridad e Higiene, Operaciones y Compliance, la tarea no es pedir más documentos al contratar, sino decidir, puesto por puesto, quién responde a la pregunta de si la credencial que se revisó una vez sigue habilitando a la persona el día en que realmente importa.
Fuentes y marco normativo consultado
- Diario Oficial de la Federación, "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte" (9 de junio de 2026), arts. 16 y 17 bis (examen toxicológico y dictamen de no aptitud psicofísica); https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5789998
- Uno TV, "Nuevas reglas para choferes federales: pruebas toxicológicas obligatorias en más casos y mayor vigilancia médica" (9 de junio de 2026), contexto de la reforma; https://www.unotv.com/nacional/cambios-licencia-federal-pruebas-toxicologicas-examenes-medicos-choferes/
- Secretaría de Comunicaciones y Transportes, "Acuerdo por el que se establecen las categorías de la licencia federal de conductor atendiendo al tipo de vehículo y clase de servicio que se presta, así como los requisitos para su obtención" (DOF, febrero de 2016), artículo tercero (renovación cada 4 años, categoría E cada 2 años); https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5427046
- La Crónica de Hoy, "¡Entre 15 y 20 mil pesos!, la mordida para sacar licencias federales de carga en la SICT" (21 de abril de 2026), investigación periodística sin respuesta oficial incluida; https://www.cronica.com.mx/nacional/2026/04/21/entre-15-y-20-mil-pesos-la-mordida-para-sacar-licencias-federales-de-carga-en-la-sict/
- Reglamento de Medicina de Aviación Civil (DOF 2 de agosto de 2023), arts. 17, 45, 48 y 53 (notificación de disminución de aptitud, vigencias del certificado de aptitud psicofísica, vigilancia programada o aleatoria); https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5697355
- Ley Federal del Trabajo, art. 153-V (constancia de competencias o de habilidades laborales), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma publicada el 14 de mayo de 2026
- IDC Online, "STPS cambia forma de enviar la lista de competencias" (7 de abril de 2025), sobre el acuerdo del 4 de abril de 2025, el SIRCE y la eliminación del formato DC-4; https://idconline.mx/laboral/2025/04/07/stps-forma-de-enviar-la-lista-de-competencias-laborales
- NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura (DOF 6 de mayo de 2011), numerales 5.3, 7.2, 14.1 y 16.1; https://platiica.economia.gob.mx/normalizacion/wp-content/uploads/sites/2/PDF_Normas_Publicas/009stps2011.pdf
- STPS, Guía informativa NOM-009-STPS-2011; https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/807421/GUIA_INFORMATIVA_NOM-009.pdf
- CONOCER, preguntas frecuentes (vigencia del certificado según cada Estándar de Competencia y consulta en el RENAP con la CURP); https://conocer.gob.mx/preguntas-frecuentes/
- Ley Federal de Seguridad Privada, art. 17 (vigencia anual y revalidación de la autorización)
- Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (DOF 20 de marzo de 2025, última reforma 14 de noviembre de 2025), datos sensibles y medidas de seguridad; texto de la Cámara de Diputados
- Validato, descripción de servicios de Background Screening y Human Risk Management estructurados por rol; https://validato.ch/mx-es/