En 2026 la UIF digitalizó el registro de sujetos obligados (Res. 37/2026) y fijó un enfoque de riesgo para registros inmobiliarios (Res. 93/2026); el régimen de PEP vigente es el de 2023-2024. Ninguna norma leída exige verificar empleados.
Escrito por Guido Schenone
¿Hay una nueva regulación de la UIF sobre PEP en 2026 en Argentina?
No encontramos ninguna resolución de la Unidad de Información Financiera de 2026 que modifique el régimen general de Personas Expuestas Políticamente. La actualización más difundida, “La UIF actualiza su regulación para Personas Expuestas Políticamente”, es del 2 de marzo de 2023 y corresponde a la Resolución 35/2023: mantiene la condición de PEP por dos años, agrega la obligación de informar la condición de PEP de los beneficiarios finales y rige desde el 1 de abril de 2023. Después llegó la Resolución 192/2024 (10/12/2024), que según Francisco Abeal, socio de Marval O’Farrell Mairal (16/12/2024), reduce supuestos como personal legislativo y dirigentes de cámaras empresarias, excluye a abuelos y nietos, y elimina la obligación de reevaluar el riesgo de una PEP pasados dos años. Lo que sí hubo en 2026 son normas de otro tipo: conviene no confundirlas con una reforma del régimen de PEP.
¿Qué cambió realmente en 2026 en la normativa de la UIF?
La Resolución UIF 37/2026, publicada en el Boletín Oficial el 14 de abril de 2026, modifica la Resolución 50/2011 y establece la inscripción 100% digital en el sistema SRO+, según Marval (Francisco Abeal, 23/04/2026) e iProfesional. Prevé 15 días hábiles para responder observaciones, bajo apercibimiento de “bloqueo automático de la inscripción”, y exige que las personas jurídicas identifiquen autoridades, oficial de cumplimiento y beneficiarios finales, con declaración jurada. Es un requisito de registro de los sujetos obligados, no una obligación de verificar a sus clientes. La Resolución 93/2026 (B.O. 10/08/2026) aplica solo a los Registros de la Propiedad Inmueble: adopta un enfoque basado en riesgo, exige identificar y verificar al beneficiario final (art. 15) y fija un plazo de 24 horas para el reporte de operación sospechosa una vez que se concluye que lo es. La Resolución 109/2026, vinculada a los Fondos de Asistencia Laboral, no trata de PEP ni de beneficiarios finales.
¿Qué exige la ley a los sujetos obligados y qué suma la Ley 27.739?
La Ley 25.246 establece en su artículo 20 qué sujetos están obligados a informar a la UIF y, en el artículo 21, que deben “recabar documentos que prueben fehacientemente la identidad” de clientes (incluido el beneficiario final), reportar sin demora hechos u operaciones sospechosas y abstenerse de revelar al cliente. La Ley 27.739 (B.O. 15/03/2024), según EY Law Argentina, amplió los sujetos obligados a proveedores de activos virtuales, proveedores no financieros de crédito y proveedores de servicios societarios, entre otros, y dispuso un registro centralizado de beneficiarios finales a cargo de la AFIP. A esto se suma la evaluación del GAFI: el informe de evaluación mutua de Argentina, publicado el 18 de diciembre de 2024, calificó como “cumplida” la recomendación sobre PEP (Rec. 12) y como “parcialmente cumplida” la de transparencia del beneficiario final de personas jurídicas (Rec. 24). Esta lectura es de la fuente primaria; no encontramos un informe de seguimiento posterior.
¿Qué relación tiene todo esto con verificar personas?
Hay que ser cuidadosos: ninguna de las normas que leímos menciona un programa de “conozca a su empleado” ni exige verificar el legajo del personal de los sujetos obligados. Tampoco exige una verificación “automatizada” ni fija la frecuencia con que deben actualizarse las listas de PEP. La relación es, entonces, práctica y de razonamiento propio: un sujeto obligado que debe identificar PEP y beneficiarios finales de sus clientes maneja información sensible, y el personal que accede a ella forma parte de su perfil de riesgo; el propio GAFI observó que la comprensión del riesgo en actividades y profesiones no financieras designadas es “uneven, and at times limited”. “Cumplir con la UIF no pasa solo por conocer al cliente: también importa saber a quién se le da acceso a esa información”, señala Guido Schenone, Comercial & Growth Manager de Validato. Algunas reglas sectoriales, como las del BCRA, podrían tener políticas de conocimiento del personal, pero no lo verificamos.
¿Qué conviene revisar hoy en una empresa argentina sujeta a la UIF?
Primero, confirmar el estado de inscripción en SRO+ y los plazos de actualización de datos del oficial de cumplimiento y de los beneficiarios finales, ya que la Res. 37/2026 prevé 5 días hábiles para ciertos cambios, según iProfesional. Segundo, revisar el manual de prevención y la matriz de riesgo para verificar que contemplen PEP y beneficiario final según la normativa vigente, con asesoramiento legal. Tercero, documentar quién tiene acceso a datos de clientes y con qué verificación previa; si se opta por un screening del personal, debe cumplir la Ley 25.326, con consentimiento y finalidad definidos. Validato brinda servicios de background screening para empresas argentinas, y la decisión sobre qué verificar y cómo reportar corresponde al oficial de cumplimiento de cada sujeto obligado.
Referencias
- Argentina.gob.ar, “La UIF actualiza su regulación para Personas Expuestas Políticamente”, 02/03/2023. https://www.argentina.gob.ar/noticias/la-uif-actualiza-su-regulacion-para-personas-expuestas-politicamente.
- Marval O’Farrell Mairal, F. Abeal, “Personas expuestas políticamente: se modifica normativa”, 16/12/2024. https://www.marval.com/Publicacion/personas-expuestas-politicamente-se-modifica-normativa-17040.
- Marval O’Farrell Mairal, F. Abeal, “Digitalización del registro de sujetos obligados”, 23/04/2026. https://www.marval.com/Publicacion/digitalizacion-del-registro-de-sujetos-obligados-17570.
- iProfesional, 14/04/2026, “UIF digital obliga empresas a registrarse online”. https://www.iprofesional.com/legales/452391-uif-digital-obliga-empresas-registrarse-online-sanciones-abril-2026.
- Resolución UIF 93/2026 (B.O. 10/08/2026), texto publicado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de CABA. https://consejo.org.ar/storage/attachments/Resolucion UIF 93-2026.pdf-Sxp9AFvY2F.pdf.
- Ley 25.246 (arts. 20 y 21), texto consolidado con Ley 27.739. https://www.consejosalta.org.ar/wp-content/uploads/Ley-25246-reforma-ley-27.739.pdf.
- EY Law Argentina, “Ley 27.739: modificaciones al sistema PLAFT”, 18/03/2024. https://www.ey.com/es_ar/technical/law/ey-law-alerts-argentina/ley-27739-modificaciones-sistema-plaft.
- GAFI/FATF, Informe de Evaluación Mutua de Argentina, 18/12/2024. https://www.fatf-gafi.org/en/publications/Mutualevaluations/MER-Argentina-2024.html.
- UIF, listado de resoluciones 2026. https://www.argentina.gob.ar/uif/normativa/resoluciones.